Rights during investigation - remain silent

Chile

Chile - Criminal Procedure Code 1906 (2013) ES

Art. 328. (350) El inculpado no podrá negarse a contestar a las preguntas del juez, fundándose en la incompetencia de este funcionario, pero se pondrá testimonio en autos de la protesta que formulare a este respecto.
Art. 329 (351) Se permitirá al inculpado manifestar cuanto tenga por conveniente para demostrar su inocencia y para explicar los hechos, y se evacuarán con prontitud las citas que hiciere y las demás diligencias que propusiere y que sean conducentes para comprobar sus aseveraciones.

Art. 482. (510) Si el procesado confiesa su participación en el hecho punible, pero le atribuye circunstancias que puedan eximirlo de responsabilidad o atenuar la que se le impute, y tales circunstancias no estuvieren comprobadas en el proceso, el tribunal les dará valor o no, según corresponda, atendiendo al modo en que verosímilmente acaecerían los hechos y a los datos que arroje el proceso para apreciar los antecedentes, el carácter y la veracidad del procesado y la exactitud de su
exposición. Ley 19047
Art. 9
D.O. 14.02.1991 Art. 483. (511) Si el procesado retracta lo expuesto en
su confesión, no será oído, a menos que compruebe inequívocamente que la prestó por error, por apremio, o por no haberse encontrado en el libre ejercicio de su razón
en el momento de practicarse la diligencia. Ley 19047
Si la prueba se rinde durante el sumario, se Art. 9 substanciará en pieza separada, y sin suspender los D.O. 14.02.1991 procedimientos de la causa principal.
Art. 484. (512) La confesión que no se prestare ante LEY 18857 el juez de la causa, determinado en el número 1° del Art. decimo artículo 481, y en presencia del secretario, no cuarto,11.constituirá una prueba completa, sino un indicio o VER NOTA 1.1
presunción, más o menos grave según las circunstancias en que se hubiere prestado y el mérito que pueda atribuirse a la declaración de aquellos que aseguren haberla presenciado. El silencio del imputado no implicará un indicio de participación, culpabilidad o inocencia.
No se dará valor a la confesión extrajudicial obtenida mediante la intercepción de comunicaciones telefónicas privadas, o con el uso oculto o disimulado de micrófonos, grabadoras de la voz u otros instrumentos semejantes.
Artículo 484 bis.- Si alguna de las partes lo LEY 18857 pidiere, el acusado deberá concurrir a una o más Art. decimo audiencias determinadas, para ser interrogado sobre cuarto,12.lo que haya manifestado en el sumario o sobre las VER NOTA 1.1
declaraciones que hayan formulado los comparecientes en las audiencias del plenario. Esta diligencia podrá pedirse hasta dentro del plazo indicado en el artículo 499.

Chile - Criminal Procedure Code 2000 (2020) ES

Artículo 93.- Derechos y garantías del imputado. Todo imputado podrá hacer valer, hasta la terminación del
proceso, los derechos y garantías que le confieren las
leyes.
En especial, tendrá derecho a:
a) Que se le informe de manera específica y clara
acerca de los hechos que se le imputaren y los derechos que
le otorgan la Constitución y las leyes;
b) Ser asistido por un abogado desde los actos
iniciales de la investigación;
c) Solicitar de los fiscales diligencias de
investigación destinadas a desvirtuar las imputaciones que
se le formularen;
d) Solicitar directamente al juez que cite a una
audiencia, a la cual podrá concurrir con su abogado o sin
él, con el fin de prestar declaración sobre los hechos
materia de la investigación;
e) Solicitar que se active la investigación y conocer
su contenido, salvo en los casos en que alguna parte de ella hubiere sido declarada secreta y sólo por el tiempo que esa
declaración se prolongare;
f) Solicitar el sobreseimiento definitivo de la causa y recurrir contra la resolución que lo rechazare;
g) Guardar silencio o, en caso de consentir en prestar
declaración, a no hacerlo bajo juramento. Sin perjuicio de
lo dispuesto en los artículos 91 y 102, al ser informado el
imputado del derecho que le asiste conforme a esta letra,
respecto de la primera declaración que preste ante el
fiscal o la policía, según el caso, deberá señalársele
lo siguiente: "Tiene derecho a guardar silencio. El
ejercicio de este derecho no le ocasionará ninguna
consecuencia legal adversa; sin embargo, si renuncia a él,
todo lo que manifieste podrá ser usado en su contra."; Ley 20592 h) No ser sometido a tortura ni a otros tratos crueles, Art. ÚNICO Nº 2 inhumanos o degradantes, e D.O. 02.06.2012 i) No ser juzgado en ausencia, sin perjuicio de las
responsabilidades que para él derivaren de la situación de
rebeldía.
Artículo 94.- Imputado privado de libertad. El
imputado privado de libertad tendrá, además, las
siguientes garantías y derechos:
a) A que se le exprese específica y claramente el
motivo de su privación de libertad y, salvo el caso de
delito flagrante, a que se le exhiba la orden que la
dispusiere;
b) A que el funcionario a cargo del procedimiento de
detención o de aprehensión le informe de los derechos a
que se refiere el inciso segundo del artículo 135;
c) A ser conducido sin demora ante el tribunal que
hubiere ordenado su detención;
d) A solicitar del tribunal que le conceda la libertad; e) A que el encargado de la guardia del recinto
policial al cual fuere conducido informe, en su presencia,
al familiar o a la persona que le indicare, que ha sido
detenido o preso, el motivo de la detención o prisión y el
lugar donde se encontrare;
f) A entrevistarse privadamente con su abogado de
acuerdo al régimen del establecimiento de detención, el
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Ley 19696
que sólo contemplará las restricciones necesarias para el mantenimiento del orden y la seguridad del recinto; g) A tener, a sus expensas, las comodidades y ocupaciones compatibles con la seguridad del recinto en que se encontrare, y
h) A recibir visitas y comunicarse por escrito o por cualquier otro medio, salvo lo dispuesto en el artículo 151.

Rome Statute

Article 55 Rights of persons during an investigation

2. Where there are grounds to believe that a person has committed a crime within the jurisdiction of the Court and that person is about to be questioned either by the Prosecutor, or by national authorities pursuant to a request made under Part 9, that person shall also have the following rights of which he or she shall be informed prior to being questioned:

(b) To remain silent, without such silence being a consideration in the determination of guilt or innocence;