Immunity

Republic of Chile

Chile - Criminal Procedure Code 1906 (2013) ES

Art. 191. (212) No están obligados a concurrir al DL 3425 1980 llamamiento judicial de que se trata en los artículos Art. 4° precedentes:
1° El Presidente de la República y los ex
Presidentes; los Ministros de Estado;
los Subsecretarios; los senadores y diputados; LEY 18635 el Contralor General de la República y los ex ART UNICO
Contralores Generales; los intendentes y los
gobernadores, dentro del territorio de su jurisdicción; LEY 18776 los miembros de la Corte Suprema o de alguna Corte de Art.sexto
Apelaciones; los fiscales de estos tribunales; los ex 4.-
Ministros de la Corte Suprema; los jueces letrados; VER NOTA 3
los Oficiales Generales en servicio activo o en retiro; el arzobispo y los obispos; los vicarios generales y
los vicarios capitulares;
2° Las personas que gozan en el país de inmunidades
diplomáticas;
3° Las religiosas y las mujeres que por su estado o posición no pueden concurrir sin grave molestia; y 4° Los que, por enfermedad u otro impedimento calificado por el juez, se hallen en imposibilidad de hacerlo.

Art. 611. (656) Ningún tribunal, aunque halle mérito
para imputar un delito a una persona con el fuero del LEY 19678 artículo 58 de la Constitución, procederá contra ella, Art. 1º Nº 2 sino cuando la Corte de Apelaciones respectiva reunida D.O. 05.05.2000
en tribunal pleno, declare que ha lugar a formarle causa.

declaración.
Art. 613. (658) La resolución en que se declare haber lugar a formación de causa, es apelable para ante la Corte Suprema; y una vez que se halle firme será comunicada por la Corte de Apelaciones respectiva a la rama del Congreso a que pertenece el inculpado.
Art. 614. (659) Si una persona que tiene el fuero LEY 19678 del artículo 58 de la Constitución es detenida por Art. 1º Nº 4 habérsele sorprendido en delito flagrante, el juez a D.O. 05.05.2000
quien corresponda el conocimiento del negocio la pondrá inmediatamente a disposición de la Corte de Apelaciones respectiva, acompañando originales o copia de las diligencias que practique en conformidad a lo dispuesto en el artículo 264 de este Código.
Sin perjuicio, remitirá más adelante, en la misma forma, las diligencias que practique con posterioridad y que sean conducentes.
Art. 615. (660) Lo prescrito en los artículos precedentes de este título se extiende a la persona que haya sido elegida Diputado o Senador, desde el día de su
elección, y en los demás casos, desde que se adquiera LEY 19678 la respectiva calidad, de conformidad a la Constitución Art. 1º Nº 5
Política de la República. D.O. 05.05.2000
Si el juez estuviere conociendo ya, suspenderá todo procedimiento que a ella se refiera, mientras la Corte respectiva no declare que ha lugar a formarle causa.

Art. 619. (664) Ningún tribunal procederá
criminalmente contra un Intendente o Gobernador, sin que el Senado haya declarado que ha lugar la formación de causa.
Art. 620. (665) A fin de poder pedir el desafuero de un
Intendente o de un Gobernador, se rendirá ante la Corte de
Apelaciones respectiva, una información de los hechos en que pueda fundarse la declaración del Senado.
El tribunal tomará conocimiento del escrito en que se ofrezca la información, designará uno de sus miembros para
que la reciba, dentro de diez días; y rendida o transcurrido este plazo, la remitirá al Senado.
Art. 621. (666) El Senado se pronunciará sobre la petición de desafuero dentro de treinta días, contados desde que se haya dado cuenta de ella en sesión de la
Corporación.
Inciso segundo.- Derogado. Ley 16975,
Si el Senado no se pronuncia dentro de los treinta Art. 3° días, se entenderá que ha lugar la formación de causa.
Art. 622. (667) Lo dispuesto en los artículos 612 a 618
inclusive, se extiende a los casos en que estuviere complicado en una causa criminal un Intendente o un Gobernador, substituyendo las Cortes a que aluden esos artículos por el Senado.

Rome Statute

Article 98 Cooperation with respect to waiver of immunity and consent to surrender

1. The Court may not proceed with a request for surrender or assistance which would require the requested State to act inconsistently with its obligations under international law with respect to the State or diplomatic immunity of a person or property of a third State, unless the Court can first obtain the cooperation of that third State for the waiver of the immunity.

2. The Court may not proceed with a request for surrender which would require the requested State to act inconsistently with its obligations under international agreements pursuant to which the consent of a sending State is required to surrender a person of that State to the Court, unless the Court can first obtain the cooperation of the sending State for the giving of consent for the surrender.