Perquisitions et saisies – procédures nationales pour procédures de la CPI

République dominicaine

Dominican Republic - Cooperation with ICC 2018 ES

Artículo 93.- Procedimiento de urgencia. Para el cumplimiento de las solicitudes formuladas por la Corte Penal Internacional en relación con investigaciones o enjuiciamientos de su competencia, cuando tenga carácter urgente el secuestro de los bienes, productos o dinero, el embargo de cuentas y la inmovilización de las mismas, el Ministerio Público podrá ordenar el secuestro, embargo o inmovilización de bienes, documentos y cuentas bancarias de manera urgente solicitando posteriormente la autorización judicial, acompañando el respectivo inventario e indicando el lugar donde se encuentran los bienes y documentos.

Statut de Rome

Article 93 Autres formes de coopération

1. Les États Parties font droit, conformément aux dispositions du présent chapitre et aux procédures prévues par leur législation nationale, aux demandes d'assistance de la Cour liées à une enquête ou à des poursuites et concernant :

h) L'exécution de perquisitions et de saisies ;