Produits des crimes

République du Chili

Chile - Criminal Procedure Code 1906 (2013) ES

Artículo 381.- En casos graves y urgentes, o LEY 18857 cuando sea de temer que el inculpado o el responsable Art. noveno,
civil oculten sus bienes o se desprendan de ellos, o si 3.la persona a la cual deba afectar no es de conocida VER NOTA 1.1
solvencia, el embargo podrá ordenarse de oficio o a petición de parte desde que aparezcan contra el inculpado fundadas sospechas de su participación en un hecho que presente caracteres de delito.
Artículo 382.- Por el embargo quedan afectados LEY 18857 bienes del procesado o del inculpado, o de terceros Art. noveno,
civiles responsables, para asegurar las 4.responsabilidades pecuniarias que contra ellos puedan VER NOTA 1.1
declararse. En tanto estas responsabilidades no se pronuncien por sentencia firme, el embargo tendrá carácter cautelar, pero ejecutoriada la sentencia los bienes embargados serán realizados para la satisfacción de aquéllas.
Artículo 383.- Tan pronto ordene el embargo, el LEY 18857 juez despachará un mandamiento que contendrá: Art. noveno,
1° La orden de embargar bienes de una o más 5.personas, a quienes se individualizará, por las VER NOTA 1.1
cantidades que se indicarán;
2° Los bienes que deberán embargarse, si el juez estima convenientes señalarlos determinadamente;
3° La designación de un depositario provisional

Statut de Rome

Article 93 Autres formes de coopération

1. Les États Parties font droit, conformément aux dispositions du présent chapitre et aux procédures prévues par leur législation nationale, aux demandes d'assistance de la Cour liées à une enquête ou à des poursuites et concernant :

k) L'identification, la localisation, le gel ou la saisie du produit des crimes, des biens, des avoirs et des instruments qui sont liés aux crimes, aux fins de leur confiscation éventuelle, sans préjudice des droits des tiers de bonne foi ; et