CHAPTER IV
JUDICIAL PROCEDURE
Section Four
Inquiry
Article 19
A. to conduct inquiry into and examination of incidents occurring in society, which, based on their nature or scope, can reasonably be suspected of constituting gross violations of human rights;
1. Los Estados Partes, de conformidad con lo dispuesto en la presente Parte y con los procedimientos de su derecho interno, deberán cumplir las solicitudes de asistencia formuladas por la Corte en relación con investigaciones o enjuiciamientos penales a fin de:
(g) Realizar inspecciones oculares, inclusive la exhumación y el examen de cadáveres y fosas comunes;