Ejecución de las penas nacionales – multas

República de Austria

Austria - Extradition and Mutual Assistance (EN/DE) 1979 (2020)

TITLE V
Taking Over the Prosecution of a Case and Surveillance; Execution of Foreign Criminal-Court Decisions

CHAPTER THREE
Execution of Foreign Criminal-Court Decisions

Prerequisites
§ 64. (5) Moreover, the execution of a decision by a foreign court imposing a fine or forfeiture shall only be admissible if its collection in Austria may be expected and the person concerned has been heard, to the extent that he/she can be contacted.

Estatuto de Roma

Artículo 109 Ejecución de multas y órdenes de decomiso

1. Los Estados Partes harán efectivas las multas u órdenes de decomiso decretadas por la Corte en virtud de la Parte VII, sin perjuicio de los derechos de terceros de buena fe y de conformidad con el procedimiento establecido en su derecho interno.

2. El Estado Parte que no pueda hacer efectiva la orden de decomiso adoptará medidas para cobrar el valor del producto, los bienes o los haberes cuyo decomiso hubiere decretado la Corte, sin perjuicio de los derechos de terceros de buena fe.

3. Los bienes, o el producto de la venta de bienes inmuebles o, según proceda, la venta de otros bienes que el Estado Parte obtenga al ejecutar una decisión de la Corte serán transferidos a la Corte.