Allanamientos y decomisos – autoridad – trámites nacionales para los procedimientos de la CPI

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Véase también

Otras formas de cooperación Allanamientos y decomisos

Disposiciones nacionales

Estatuto de Roma

Artículo 93 Otras formas de cooperación

1. Los Estados Partes, de conformidad con lo dispuesto en la presente Parte y con los procedimientos de su derecho interno, deberán cumplir las solicitudes de asistencia formuladas por la Corte en relación con investigaciones o enjuiciamientos penales a fin de:

(h) Practicar allanamientos y decomisos;