Nulla poena sine lege

Bolivia, Plurinational State of

Bolivia - Constitution (EN) 2009

TITLE IV: JURISDICTIONAL GUARANTEES AND ACTIONS OF DEFENSE
CHAPTER I: Jurisdictional Guarantees
Article 116.
II. Every sanction must be based on a law existing prior to the commission of the punishable act.

Bolivia - Constitution (ES) 2009

Artículo 117
I. Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad judicial competente en sentencia ejecutoriada.
II. Nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho. La rehabilitación en sus derechos restringidos será inmediata al cumplimiento de su condena.
III. No se impondrá sanción privativa de libertad por deudas u obligaciones patrimoniales, excepto en los casos establecidos por la ley.

Rome Statute

Article 23 Nulla poena sine lege

A person convicted by the Court may be punished only in accordance with this Statute.