Section IX
SURRENDER OF THE PERSON (EXTRADITION)
Chapter 37
SURRENDER OF THE PERSON (EXTRADITION)
Article 466. Refusal in surrender of the person (extradition)
5) surrender of the person (extradition) contradicts obligations of Ukraine under the international treaties of Ukraine;
Title V
THE PRESIDENT OF UKRAINE
Article 105.
The President of Ukraine shall enjoy the right of immunity for the period of his authority.
Persons guilty of infringing upon the honour and dignity of the President of Ukraine shall be liable according to law.
The title of the President of Ukraine shall be protected by law and shall be reserved for the President for life, unless the President of Ukraine has been removed from the office in compliance with a procedure of impeachment.
Title VIII
JUSTICE
Article 126.
The independence and immunity of judges shall be guaranteed by the Constitution and laws of Ukraine.
2. Las inmunidades y las normas de procedimiento especiales que conlleve el cargo oficial de una persona, con arreglo al derecho interno o al derecho internacional, no obstarán para que la Corte ejerza su competencia sobre ella.
1. La Corte no dará curso a una solicitud de entrega o de asistencia en virtud de la cual el Estado requerido deba actuar en forma incompatible con las obligaciones que le imponga el derecho internacional con respecto a la inmunidad de un Estado o la inmunidad diplomática de una persona o un bien de un tercer Estado, salvo que la Corte obtenga anteriormente la cooperación de ese tercer Estado para la renuncia a la inmunidad.
2. La Corte no dará curso a una solicitud de entrega en virtud de la cual el Estado requerido deba actuar en forma incompatible con las obligaciones que le imponga un acuerdo internacional conforme al cual se requiera el consentimiento del Estado que envíe para entregar a la Corte a una persona sujeta a la jurisdicción de ese Estado, a menos que ésta obtenga primero la cooperación del Estado que envíe para que dé su consentimiento a la entrega.
A partir de la fecha en que la Corte establezca un sistema de seguridad social, las personas a que se hace referencia en los artículos 15, 16 y 17 estarán exentas, en relación con los servicios prestados a la Corte, de toda contribución obligatoria a los sistemas nacionales de seguridad social.