Transferencia de decomisos a la CPI

República de Eslovenia

Cooperation between the Republic of Slovenia and the International Criminal Court Act 2002

XI. ENFORCEMENT OF FINES, SEIZURE OF MATERIAL BENEFIT AND MEASURES FOR COMPENSATING VICTIMS

Article 25
(4) Competent bodies shall be obliged to transfer to the Court the assets or proceeds from the sale of real estate or from the sale of other assets which the Republic of Slovenia obtains because of the enforcement of a judgement of the Court within the terms of the first, second and third paragraph of this article.

Estatuto de Roma

Artículo 79 Fondo fiduciario

1. Por decisión de la Asamblea de los Estados Partes se establecerá un fondo fiduciario en beneficio de las víctimas de crímenes de la competencia de la Corte y de sus familias.

2. La Corte podrá ordenar que las sumas y los bienes que reciba a título de multa o decomiso sean transferidos al Fondo Fiduciario.

3. El Fondo Fiduciario será administrado según los criterios que fije la Asamblea de los Estados Partes.

Artículo 109 Ejecución de multas y órdenes de decomiso

3. Los bienes, o el producto de la venta de bienes inmuebles o, según proceda, la venta de otros bienes que el Estado Parte obtenga al ejecutar una decisión de la Corte serán transferidos a la Corte.