Confidencialidad con relación a documentos e información

República de Djibouti

Djibouti - Constitution 1992 (2010) EN

TITLE II: OF THE RIGHTS AND DUTIES OF THE HUMAN PERSON
Article 12
The secrecy of correspondence and of all other means of communication is
inviolable. Restriction of this inviolability may only be ordered in application of the
law.

Estatuto de Roma

Artículo 93 Otras formas de cooperación

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(a) La Corte velará por la protección del carácter confidencial de los documentos y de la información, salvo en la medida en que éstos sean necesarios para la investigación y las diligencias pedidas en la solicitud.

(b) El Estado requerido podrá, cuando sea necesario, transmitir al Fiscal documentos o información con carácter confidencial. El Fiscal únicamente podrá utilizarlos para reunir nuevas pruebas.

(c) El Estado requerido podrá, de oficio o a solicitud del Fiscal, autorizar la divulgación ulterior de estos documentos o información, los cuales podrán utilizarse como medios de prueba de conformidad con lo dispuesto en las partes V y VI y de conformidad con las Reglas de Procedimiento y Prueba.