Obligaciones con respecto al Estado que envíe

Países Bajos

International Criminal Court Implementation Act 2002

CHAPTER 1. GENERAL PROVISIONS

Section 7

1. If Our Minister considers that there are obstacles or impediments to granting a request of the ICC for cooperation or enforcement, he shall immediately consult with the ICC in order to remove these obstacles or impediments.

2. The following may in any event constitute obstacles or impediments as referred to in subsection 1:

(d) granting the request in its present form would result in a breach of a treaty obligation that existed prior to the request and is owed to another State;

Estatuto de Roma

Artículo 98 Cooperación con respecto a la renuncia a la inmunidad y consentimiento a la entrega

2. La Corte no dará curso a una solicitud de entrega en virtud de la cual el Estado requerido deba actuar en forma incompatible con las obligaciones que le imponga un acuerdo internacional conforme al cual se requiera el consentimiento del Estado que envíe para entregar a la Corte a una persona sujeta a la jurisdicción de ese Estado, a menos que ésta obtenga primero la cooperación del Estado que envíe para que dé su consentimiento a la entrega.