PART III – STATUS AND PRIVILEGES OF INTERNATIONAL
CRIMINAL COURT
9. Seat and status of International Criminal Court
(1) The International Criminal Court may sit in Mauritius, in such place as may be appointed by the President, at the request of the International Criminal Court, by Proclamation
3. La Corte podrá celebrar sesiones en otro lugar cuando lo considere conveniente, de conformidad con lo dispuesto en el presente Estatuto.
La Corte, en caso de que, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 3 del Estatuto, considere conveniente sesionar en un lugar distinto de su sede de La Haya (Países Bajos), podrá concertar un acuerdo con el Estado de que se trate respecto de la concesión de las facilidades adecuadas para el ejercicio de sus funciones.