II. Specific provisions
A. Investigations and proceedings by the International Criminal Court or an International Tribunal in Liechtenstein
Article 14
Investigations and proceedings
(2) The International Criminal Court or International Tribunal shall be authorised to hold trials, unless the Ministry of Justice refuses such a request owing to grave security concerns in respect of the Principality of Liechtenstein or of the Court or Tribunal.
3. La Corte podrá celebrar sesiones en otro lugar cuando lo considere conveniente, de conformidad con lo dispuesto en el presente Estatuto.
La Corte, en caso de que, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 3 del Estatuto, considere conveniente sesionar en un lugar distinto de su sede de La Haya (Países Bajos), podrá concertar un acuerdo con el Estado de que se trate respecto de la concesión de las facilidades adecuadas para el ejercicio de sus funciones.