Part 2
Domestic Jurisdiction in ICC Offences
Section 9.—
(2) No further proceedings (other than a remand in custody or on bail) shall be taken in relation to a person charged with an ICC offence except by or with the consent of the Director of Public Prosecutions.
(a) La Corte estará facultada para formular solicitudes de cooperación a los Estados Partes. Éstas se transmitirán por vía diplomática o por cualquier otro conducto adecuado que haya designado cada Estado Parte a la fecha de la ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. Cada Estado Parte podrá cambiar posteriormente esa designación de conformidad con las Reglas de Procedimiento y Prueba