Solicitud de un Estado por la asistencia de la CPI

Suiza

Federal Law on Cooperation with the International Criminal Court 2001

CHAPTER II: COOPERATION WITH THE COURT
Section 3: Communication with the Court

Art. 11 Swiss requests

1 Cantonal or federal prosecution authorities may request the cooperation of the Court in the case of serious crimes. The Central Authority shall forward such requests to the Court.

2 The documents shall be transmitted in French or English, or be accompanied by a translation into one of these languages. For the rest, the conditions for requests of the Court shall apply by analogy to Swiss requests.

3 Conditions placed by the Court on the execution of a request shall be respected by the Swiss authorities.

Estatuto de Roma

Artículo 93 Otras formas de cooperación

10.

10. (a) A solicitud de un Estado Parte que lleve a cabo una investigación o sustancie un juicio por una conducta que constituya un crimen de la competencia de la Corte o que constituya un crimen grave con arreglo al derecho interno del Estado requirente, la Corte podrá cooperar con él y prestarle asistencia;

(b)

b. El interrogatorio de una persona detenida por orden de la Corte;

(i) La asistencia prestada de conformidad con el apartado a) podrá comprender, entre otras cosas:

a. La transmisión de declaraciones, documentos u otros elementos de prueba obtenidos en el curso de una investigación o de un proceso sustanciado por la Corte; y

(ii) En el caso de la asistencia prevista en el apartado (b) (i) a.:

a. Si los documentos u otros elementos de prueba se hubieren obtenido con la asistencia de un Estado, su transmisión estará subordinada al consentimiento de dicho Estado;

b. Si las declaraciones, los documentos u otros elementos de prueba hubieren sido proporcionados por un testigo o un perito, su transmisión estará subordinada a lo dispuesto en el artículo 68.

(c) La Corte podrá, de conformidad con el presente párrafo y en las condiciones enunciadas en él, acceder a una solicitud de asistencia presentada por un Estado que no sea parte en el presente Estatuto.