Tratamiento de reclusos – normas de tratados internacionales

Estados Unidos Mexicanos

Mexico - Constitution 1917 (2015) EN

''TITLE ONE, CHAPTER I: Human Rights and Guarantees, Article 19''

Treatment during the arrest or imprisonment, any annoyance without legal

justification, any tax or contribution in jails, constitute an abuse which the law shall

correct and the authorities shall repress.

Estatuto de Roma

Artículo 103 Función de los Estados en la ejecución de las penas privativas de libertad

3. La Corte, al ejercer su facultad discrecional de efectuar la designación prevista en el párrafo 1, tendrá en cuenta:

(b) La aplicación de normas de tratados internacionales generalmente aceptadas sobre el tratamiento de los reclusos;