Inmunidad

República de Kenya

Kenya - International Crimes Act 2008 EN

PART III—GENERAL PROVISIONS RELATING TO REQUESTS FOR ASSISTANCE

27. (1) The existence of any immunity or special procedural rule attaching to the official capacity of any person shall not constitute a ground for—
(a) refusing or postponing the execution of a request
for surrender or other assistance by the ICC;
(b) holding that a person is ineligible for surrender, transfer, or removal to the ICC or another State under this Act; or
(c) holding that a person is not obliged to provide the assistance sought in a request by the ICC.

(2) Subsection (1) shall have effect subject to sections 62 and 115, but notwithstanding any other enactment or rule of law.

Estatuto de Roma

Artículo 98 Cooperación con respecto a la renuncia a la inmunidad y consentimiento a la entrega

1. La Corte no dará curso a una solicitud de entrega o de asistencia en virtud de la cual el Estado requerido deba actuar en forma incompatible con las obligaciones que le imponga el derecho internacional con respecto a la inmunidad de un Estado o la inmunidad diplomática de una persona o un bien de un tercer Estado, salvo que la Corte obtenga anteriormente la cooperación de ese tercer Estado para la renuncia a la inmunidad.

2. La Corte no dará curso a una solicitud de entrega en virtud de la cual el Estado requerido deba actuar en forma incompatible con las obligaciones que le imponga un acuerdo internacional conforme al cual se requiera el consentimiento del Estado que envíe para entregar a la Corte a una persona sujeta a la jurisdicción de ese Estado, a menos que ésta obtenga primero la cooperación del Estado que envíe para que dé su consentimiento a la entrega.