Conflicto con un principio fundamental de derecho ya existente y de aplicación general – consultas con la Corte

República Francesa

France - Criminal Procedure Code 1959 (2006) EN

BOOK IV
SOME SPECIFIC PROCEEDINGS

TITLE I
CO-OPERATION WITH THE INTERNATIONAL CRIMINAL COURT

CHAPTER I
JUDICIAL CO-OPERATION

SECTION I
MUTUAL JUDICIAL ASSISTANCE

Article 627-3
...
The district prosecutor of Paris transmits to the competent authorities, under article 87 of the statute, any difficulty relating to the execution of these measures, in order that the consultations provided for in articles 93, paragraph 3, and 97 of the statute may take place.

Estatuto de Roma

Artículo 93 Otras formas de cooperación

3. Cuando la ejecución de una determinada medida de asistencia detallada en una solicitud presentada de conformidad con el párrafo 1 estuviera prohibida en el Estado requerido por un principio fundamental de derecho ya existente y de aplicación general, el Estado requerido celebrará sin demora consultas con la Corte para tratar de resolver la cuestión. En las consultas se debería considerar si se puede prestar la asistencia de otra manera o con sujeción a condiciones. Si, después de celebrar consultas, no se pudiera resolver la cuestión, la Corte modificará la solicitud según sea necesario.