PART VII
PERSONS IN TRANSIT TO ICC OR SERVING SENTENCES IMPOSED BY ICC
Enforcement of Sentences in Trinidad and Tobago
140.
(3) The Attorney General may, at any time, ask the ICC to give one or more of the following assurances:
(a) that all or part of the transportation costs incurred by Trinidad and Tobago in the enforcement of the sentence will be met by the ICC;
1. Los gastos ordinarios que se deriven del cumplimiento de las solicitudes en el territorio del Estado requerido correrán a cargo de éste, con excepción de los siguientes, que correrán a cargo de la Corte:
(a) Gastos relacionados con el viaje y la seguridad de los testigos y peritos, o el traslado, con arreglo al artículo 93, de personas detenidas;
(b) Gastos de traducción, interpretación y transcripción;
(c) Gastos de viaje y dietas de los magistrados, el fiscal, los fiscales adjuntos, el secretario, el secretario adjunto y los funcionarios de cualquier órgano de la Corte;
(d) Costo de los informes o dictámenes periciales solicitados por la Corte;
(e) Gastos relacionados con el transporte de la persona que entregue a la Corte un Estado de detención; y
(f) Previa consulta, todos los gastos extraordinarios que puedan ser resultado del cumplimiento de una solicitud.
2. Las disposiciones del párrafo 1 serán aplicables, según proceda, a las solicitudes hechas por los Estados Partes a la Corte. En ese caso, los gastos ordinarios que se deriven de su cumplimiento correrán a cargo de la Corte.