Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional Art. 99(3)

Artículo 99 Cumplimiento de las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 93 y 96

3. Las respuestas del Estado requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.

Palabras clave

Cumplimiento de las solicitudes de asistencia (artículos 93 y 96) de conformidad con el derecho interno