Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional Art. 82(4)

Artículo 82 Apelación de otras decisiones

4. El representante legal de las víctimas, el condenado o el propietario de buena fe de bienes afectados por una providencia dictada en virtud del artículo 75 podrán apelar, de conformidad con las Reglas de Procedimiento y Prueba, de la decisión por la cual se conceda reparación.

Palabras clave

Derechos de las víctimas Víctimas