Persecución de un grupo con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religioso o de género - crímenes de lesa humanidad

Albania

Albania - Criminal Code 1995 (2013) EN

SPECIAL PART

Chapter I- CRIMES AGAINST HUMANITY

Article 74- Crimes against humanity

Murders, massacres, slavery, internal exile and deportation, as well as every act of torture or other inhuman violence committed according to a concrete pre-meditated plan against a group of civil population, for political, ideological, racial, ethnic, and religious reasons, is punished by not less than fifteen years of imprisonment or with life imprisonment.

Estatuto de Roma

Artículo 7 Crímenes de lesa humanidad

1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por "crimen de lesa humanidad" cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:

(h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;

2. A los efectos del párrafo 1:

(g) Por "persecución" se entenderá la privación intencional y grave de derechos fundamentales en contravención del derecho internacional en razón de la identidad del grupo o de la colectividad;

3. A los efectos del presente Estatuto se entenderá que el término "género" se refiere a los dos sexos, masculino y femenino, en el contexto de la sociedad. El término "género" no tendrá más acepción que la que antecede.