Solicitudes concurrentes – conducta distinta – obligación por una norma internacional a conceder la extradición

Uganda

The International Criminal Court Act 2010

Part IV – Arrest and Surrender of Person to ICC

Surrender and Delivery Orders

41. Competing requests.

(6) Where a request for surrender is received from the ICC and one or more states also request the extradition of the person for conduct other than conduct which constitutes the crimes for which ICC seeks the person’s surrender, if Uganda is under an international obligation to extradite to one or more of the requesting states, the Minister shall determine whether the person is to be surrendered to the ICC or extradited to a requesting state in accordance with article 90(7) of the Statute.

Estatuto de Roma

Artículo 90 Solicitudes concurrentes

7. Cuando el Estado Parte que reciba una solicitud de la Corte de entrega de una persona reciba también una solicitud de otro Estado relativa a la extradición de la misma persona por una conducta distinta de la que constituye el crimen en razón del cual la Corte solicita la entrega:

(b) El Estado requerido, si está obligado por una norma internacional a conceder la extradición al Estado requirente, decidirá si entrega la persona a la Corte o la extradita al Estado requirente. En esta decisión, el Estado requerido tendrá en cuenta todos los factores pertinentes y, entre otros, los enumerados en el párrafo 6, pero tendrá especialmente en cuenta la naturaleza y la gravedad relativas de la conducta de que se trate.