Protección de la seguridad y del bienestar físico o psicológico de las víctimas, los testigos y sus familiares

Trinidad y Tabago

The International Criminal Court Act 2006

PART III
GENERAL PROVISIONS RELATING TO REQUESTS FOR ASSISTANCE

29. (2) If the ICC requests that particular information that is made available with a request for assistance be provided and handled in a manner that protects the safety and physical or psychological well-being of any victims, potential witnesses, and their families, the Trinidad and Tobago authorities shall use their best endeavours to give effect to that request.

Estatuto de Roma

Artículo 87 Solicitudes de cooperación: disposiciones generales

4. Con respecto a las solicitudes de asistencia presentadas de conformidad con la presente Parte, la Corte podrá adoptar todas las medidas, incluidas las relativas a la protección de la información, que sean necesarias para proteger la seguridad y el bienestar físico o psicológico de las víctimas, los posibles testigos y sus familiares. La Corte podrá solicitar que toda información comunicada en virtud de la presente Parte sea transmitida y procesada de manera que se proteja la seguridad y el bienestar físico o psicológico de las víctimas, los posibles testigos y sus familiares.