Idioma

Polonia

Poland - Code of Criminal Procedure 1997 (2003) EN

Article 72. When the accused does not have a command of the Polish language, the order on the presentation of charges, the indictment or a decision subject to review, or a decision concluding the proceedings shall be delivered to the accused with a translation. If the accused consents, the decision concluding the proceedings may only be announced to him, providing it is not subject to review.

Article 204. § 1. An interpreter shall be summoned whenever it is necessary to examine:

(1) a deaf or dumb person, with whom attempts at communicating with in writing have not sufficed,
(2) a person without a command of Polish.

§ 2. An interpreter shall also be summoned whenever it is necessary, to translate into Polish a document written in a foreign language, or to translate a Polish document into a foreign language.

§ 3. Provisions relating to court experts shall be applied to interpreters accordingly.

Estatuto de Roma

Artículo 50 Idiomas oficiales y de trabajo

1. Los idiomas oficiales de la Corte serán el árabe, el chino, el español, el francés, el inglés y el ruso. Las sentencias de la Corte, así como las otras decisiones que resuelvan cuestiones fundamentales de que conozca la Corte, serán publicadas en los idiomas oficiales. La Presidencia, de conformidad con los criterios establecidos en las Reglas de Procedimiento y Prueba, determinará cuáles son las decisiones que resuelven cuestiones fundamentales a los efectos del presente párrafo.

2. Los idiomas de trabajo de la Corte serán el francés y el inglés. En las Reglas de Procedimiento y Prueba se determinará en qué casos podrá utilizarse como idioma de trabajo otros idiomas oficiales.

3. La Corte autorizará a cualquiera de las partes o cualquiera de los Estados a que se haya permitido intervenir en un procedimiento, previa solicitud de ellos, a utilizar un idioma distinto del francés o el inglés, siempre que considere que esta autorización está adecuadamente justificada.

Artículo 55 Derechos de las personas durante la investigación

2. Cuando haya motivos para creer que una persona ha cometido un crimen de la competencia de la Corte y esa persona haya de ser interrogada por el Fiscal o por las autoridades nacionales, en cumplimiento de una solicitud hecha de conformidad con lo dispuesto en la Parte IX, tendrá además los derechos siguientes, de los que será informada antes del interrogatorio:

(c) A ser asistida por un abogado defensor de su elección o, si no lo tuviere, a que se le asigne un defensor de oficio, siempre que fuere necesario en interés de la justicia y, en cualquier caso, sin cargo si careciere de medios suficientes; y

Artículo 87 Solicitudes de cooperación: disposiciones generales

2. Las solicitudes de cooperación y los documentos que las justifiquen estarán redactados en un idioma oficial del Estado requerido, o acompañados de una traducción a ese idioma, o a uno de los idiomas de trabajo de la Corte, según la elección que haya hecho el Estado a la fecha de la ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. El Estado Parte podrá cambiar posteriormente esa elección de conformidad con las Reglas de Procedimiento y Prueba.